Formulario 35 AFIP

El Formulario 35 de la AFIP es un documento utilizado en Argentina para la presentación de declaraciones juradas de impuestos relacionados con el comercio exterior. Este formulario se utiliza principalmente para informar sobre operaciones de importación y exportación realizadas por personas físicas o jurídicas.

A través de este formulario, se proporcionan datos relacionados con la mercancía importada o exportada, los valores involucrados, los medios de transporte utilizados y otros aspectos relevantes para el control aduanero y tributario. Para completar el Formulario 35, se requiere contar con una Clave Fiscal de la AFIP y estar registrado como operador de comercio exterior. 

Es importante destacar que el F.35 AFIP puede requerir actualizaciones o modificaciones periódicas, por lo que es fundamental mantenerse informado acerca de los requisitos y procedimientos vigentes al momento de su presentación:

Solicitar la devolución de las percepciones practicadas. Formulario 32

La solicitud de devolución de percepciones en la AFIP es un procedimiento que permite a los contribuyentes solicitar la restitución de las percepciones realizadas en concepto de impuestos y retenciones. 

Este trámite está estrechamente relacionado con el Formulario 35 de la AFIP, ya que este formulario es utilizado para informar y presentar las percepciones que se desean tramitar en devolución. Seguí los siguientes pasos: 

  1. Es necesario ingresar al sitio web oficial de la AFIP (www.afip.gob.ar) y acceder al sistema mediante la opción «Ingresar con Clave Fiscal».
  1. Luego, se deberá proporcionar el número de CUIT y la Clave Fiscal correspondiente.
  1. Una vez dentro del sistema tienes que buscar el servicio «Mis Aplicaciones Web» en el buscador. En caso de no tenerlo agregado, presioná el botón «AGREGAR» para incluirlo. 
  2. En la pantalla de ingreso al servicio selecciona la opción «NUEVO» y se completarán los siguientes campos: 
  • Organismo (AFIP)
  • Formulario (F746/A – Devoluciones y transferencias) 
  • Período Fiscal (indicando el período por el cual se solicita la devolución).
  1. Posteriormente, el sistema mostrará las percepciones registradas en el sistema «Mis Retenciones» para ese período. Allí se deberán seleccionar las percepciones que se desean tramitar en devolución, marcando las casillas correspondientes. 

Seguimiento de la solicitud de devolución

¿Querés informarte y saber el seguimiento de la solicitud de devolución? Es muy importante que estés actualizado sobre este término y su curso, así que seguí esta guía: 

  1. Acceder nuevamente al servicio «Mis Aplicaciones Web» con la clave fiscal. 
  2. En la pantalla de ingreso, se seleccionará la opción «BUSCAR» y luego se hará clic en «ACEPTAR» para visualizar las solicitudes realizadas.
  3. Desde allí, se podrán ver las solicitudes presentadas y su estado correspondiente al hacer clic en «PRESENTADO».

Formulario devolución del 35% por la compra de dólar ahorro

El reintegro del 35% por la compra de dólares de ahorro alude al recargo del 35% que se impone a las compras de dólares de ahorro, o gastos realizados con moneda extranjera y/o pagados con tarjeta de crédito.

La solicitud de devolución del dinero la pueden realizar los ahorristas argentinos que no paguen impuesto a la renta ni impuesto a los bienes muebles. El trámite también está disponible para monotributistas y empleados dependientes.

Para poder solicitar la devolución del 35% tenés que tener:

  • Código fiscal nivel 2 o superior 
  • Informar a la CBU de la cuenta bancaria donde se depositará el reembolso solicitado.

Estos son los pasos a seguir en la AFIP:

  1. Acceder a la AFIP utilizando el número de CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior. Es importante tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
  1. Informar a la AFIP el CBU (Clave Bancaria Uniforme) donde se desean acreditar los fondos, utilizando el servicio «Declaración de CBU».
  2. En el servicio «Devolución de Percepciones AFIP», se podrán visualizar y seleccionar las percepciones aplicadas durante el período mensual. 
  3. En caso de que existan percepciones que no estén precargadas, se deberán cargar manualmente. En estos casos, el contribuyente deberá contar con la documentación respaldatoria que respalde la solicitud de devolución, ya que esta documentación puede ser requerida para su verificación.
  4. Una vez realizada la solicitud de devolución, el contribuyente podrá realizar un seguimiento del trámite hasta su finalización a través del servicio «Devolución de percepciones».

La AFIP habilita el proceso para solicitar la devolución del 35% por la compra de dólares de ahorro al inicio de cada año

Ventajas y beneficios del Formulario 35

  • Cumplimiento tributario: Permite a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones fiscales relacionadas con las operaciones de comercio exterior, evitando posibles sanciones y regularizando su situación ante la AFIP.
  • Control aduanero: Facilita el control y seguimiento de las operaciones de importación y exportación por parte de la AFIP y la Aduana, contribuyendo a garantizar la transparencia y el cumplimiento de las normas aduaneras.
  • Información precisa: Proporciona datos sobre las operaciones comerciales internacionales, lo que permite a la AFIP llevar a cabo análisis y estadísticas precisas sobre el comercio exterior del país.
  • Transparencia y trazabilidad: Ayuda a mantener un registro claro y ordenado de las transacciones comerciales, con el objetivo prevenir y detectar posibles irregularidades o prácticas fraudulentas en el ámbito del comercio exterior.

Es importante destacar que el Formulario 35 puede requerir actualizaciones o modificaciones periódicas por parte de la AFIP, por lo que es fundamental mantenerse informado acerca de los requisitos y procedimientos vigentes al momento de su presentación.

Preguntas frecuentes sobre el Formulario 35 AFIP 

¿Quién debe presentar el modelo 35?

Los contribuyentes o responsables que experimentaron percepciones y retenciones en sus operaciones comerciales o financieras. Tanto las personas naturales como las personas jurídicas están dentro de esta categoría.

Según el tipo de operación y el agente de cobro de que se trate, existen diferentes plazos de presentación del modelo 35. Con carácter general, dependiendo de cada caso en particular, deberá presentarse mensual, trimestral o anualmente. Se recomienda consultar la normativa más reciente y el calendario de vencimientos de la AFIP.

¿Qué pasa si no se presenta el modelo 35?

La AFIP tiene derecho a imponer penalidades y sanciones por la presentación tardía del Formulario 35. Recordá que las ganancias y retenciones que informes en este formulario podrán ser aplicadas como crédito fiscal en futuras declaraciones y pagos de impuestos.

¿Es necesario hacer el Formulario 1746 para completar el F.35 AFIP? 

El formulario 1746 y el formulario AFIP 35 tienen muchas similitudes. Los contribuyentes deberán presentar el Modelo 35 para informar sus ingresos y retenciones, y el Modelo 1746 para solicitar la devolución de dichos ingresos y retenciones.

Los contribuyentes están obligados a informar en el Modelo 35 las percepciones y retenciones que experimentaron, incluyendo el tipo de impuesto, tasa o contribución, el período aplicable y el monto retenido o recibido. Estos datos son necesarios para cumplimentar posteriormente el Modelo 1746, que se utiliza específicamente para solicitar la devolución de dichas percepciones y retenciones.